Una de las sanciones más frecuentes en propiedad horizontal es la multa que se impone a los propietarios de bienes privados que no asisten a la Asamblea de Propietarios, la cual se establece con la finalidad de asegurar la comparecencia de los copropietarios a la reunión o la designación de apoderados que los representen. No obstante, muchas veces esta práctica se realiza omitiendo las formalidades y requisitos que establece la Constitución, la Ley de propiedad horizontal y el reglamento, lo cual afecta la efectividad y validez de la sanción.
El soporte juridico, en el caso de Alcázar, está amparado en los Articulos 44 y 52 del reglamento de PH